Documentos

Posterior a la realización del 1er Taller de Patrimonio Cultural el 22 de Febrero de 2011, se organizó con los participantes del taller la 1ra Caminata Arqueológica el día 11 de marzo de 2001, se visito el Museo Arqueológico de Socopó donde se recibió una charla del señor Jesús Mora donde explico el trabajo de autogestión que encabeza para preservar, rescatar y valorar piezas arqueológicas encontradas en el Municipio Antonio José de Sucre y en otras áreas del Estado Barinas, al igual que el trabajo comunitario que realizan en diferentes sectores del Estado. Finalizada la charla se procedió a entrar a la sala para observar las piezas arqueológicas que allí se exponen.

Una vez finalizada la visita al museo se dirigieron hasta el sector de Bum Bum  donde se visitaron la Piedra Santa Martha y la Piedra el Indio, sitios históricos donde se observaron los diferentes tipos de petroglifos, los cuales fueron explicados por el Prof. Félix Díaz, la cual fue complementada por el Sr. José Domingo Velasco quien además de ser quien se encarga de cuidar los diferentes sitios arqueológicos e investigar las historias y leyendas que rodea estos sitios, también dirige un grupo de niños que realizan danzas y rituales aborígenes, que asisten a diferentes actividades culturales a las cuales los inviten.

Se debe que durante el recorrido se conto con la participación de tres niños en edades comprendidas entre los once y nueve años quienes participaron activamente en el desarrollo de la actividad, mostrando interés y entusiasmo en la información suministrada, al igual que los docentes participantes realizaron la hoja de trabajo y la evaluación de la actividad.

Las preguntas de la hoja de trabajo aplicada son las siguientes:

 

­  Denominación: Fundación Juan Barajas, Piedra El Indio, Piedra Santa Martha.

­  Dirección o ubicación geográfica: Carretera Nacional Troncal Nº 005, vía Bum Bum  sector Piedra el Indio.

­  Resumen de la charla facilitada por el guía: Mientras nos trasladábamos hacia la población de Socopó en el Municipio Antonio José de Sucre del Estado Barinas el profesor Félix Díaz indicaba los sitios de valor arqueológico que se encontraban en la vía, al llegar a la población de Socopó nos dirigimos hasta la Asociación Cultural Juan Barajas donde nos presento al señor Jesús Mora (Chucho), quien dirige a su vez el Museo Arqueológico del Municipio Antonio José de Sucre. Allí el señor Jesús Mora procedió a dar una charla donde explico el trabajo que realizaba fundación al darle apoyo a las comunidades que necesiten solucionar algún problema, así mismo explico el trabajo que realiza la fundación en el rescate y difusión de de la historia local y de la fundación de las diferentes ciudades. Seguidamente se paso a la sala donde se exponen las diferentes piezas arqueológicas donde se dio una pequeña explicación sobre el significado de las piezas expuestas.

Posteriormente se realizo el traslado hacia los sitios arqueológicos de Bum Bum específicamente a la Piedra Santa Martha donde se efectúo la explicación de los diferentes tipos de petroglifos (zoomorfos, geomorfos, antropomorfos, entre otros), luego se dirigió el grupo al lugar donde se encuentra la  Piedra El Indio, allí el Sr. José Domingo Velázquez explico la razón del nombre dado a cada una de las piedras, así como también las leyendas que rodean el lugar y de la Peña Viva con la Piedra El Indio.

­  El lugar visitado es un: Sitio Histórico  X  Centro Histórico____  ¿Por qué? Es un sitio histórico porque se habla de un solo lugar o un monumento.

­  Patrimonio cultural material: Mueble ____ Inmueble  X  ¿Por qué? No se puede trasladar de un lugar a otro.

­  Durante el recorrido se observan elementos de tipo: Arqueológicos X  Paleontológicos_____ Arquitectónicos____

­  El número aproximado de elementos tangibles observados durante el recorrido es: Fueron varios los elementos observados, ya que se observaron en el Museo, en la Piedra Santa Martha y El Indio.

­  ¿Existe alguna tradición oral vinculada con este sitio histórico? SI X NO__ ¿qué nombre le ha dado la comunidad? Piedra El Indio  descríbela brevemente se dice que se le dio este nombre por ser la piedra de mayor tamaño en la zona y en ella se realizaban rituales, es muy similar en su forma a la Peña Viva y ambas se encuentran alineadas, en la roca se observan petroglifos con formas de animales, formas humanas, formas geométricas, entre otras. Su contorno mide 50mts por 20mts de alto y se ubica a una distancia de 8km de la troncal Nº 005.  

­  ¿Consideras que es importante darlo a conocer a tus estudiantes? SI X  NO__ ¿por qué? Aprendan a valorar nuestro patrimonio, herencia de nuestros ancestros. Para que tomen conciencia y tengan sentido de pertenencia. Conozcan los sitios que forman parte de la historia de nuestro estado. Conozcan los elementos arqueológicos y la historia turística relacionada con los ancestros. Para que conozcan las maravillas de su estado. Reconocer lo inteligentes que eran nuestros aborígenes.

­  ¿Conocerlo contribuye en tu ejercicio profesional? SI X  NO___ ¿por qué? Son sitios históricos que desconocemos de la historia de nuestro estado. Nos ayuda a dar una mejor explicación a los niños. Para organizar y motivar a otras personas a realizar estas visitas, ya que no es lo mismo leer estas historias que escucharlas de las personas que la conocen. Ayudo a promulgar el conocimiento de nuestro origen. Permite desarrollar con los niños actividades que afiancen la identidad nacional. Enriquece mis conocimientos para lograr transmitirlos. Permite fortalecer nuestra cultura y el origen de la misma.

­  ¿Incluirías esta información en tu planificación?  SI  X  NO___ ¿cómo lo harías? En una exposición a través de diapositivas con las imágenes de la visita. Charlas, talleres, visitas guiadas. En la ejecución de un Proyecto de Aprendizaje. Videos.

­  Escribe las medidas que tú consideras necesarias para conservar este lugar histórico

­  Cercar los sitios con mensajes alusivos a la preservación de las piedras.

­  Formar brigadas con los niños y habitantes de las comunidades.

­  Apoyar a las personas que cuidan y difunden estos conocimientos.

­  No rayar las piedras.

­  No botar basura.

­  No talar  ni quemar a sus alrededores.

­  Sembrar mas arboles a su alrededor para dar sombra a las piedras para que no se sigan deteriorando por el clima.

­  Concientizar a los visitantes y turistas.

­  No pintar las figuras de las piedras.

­  Dar mayor difusión e información.

­  Colocar identificación de la ruta turística.

­  Respetar las normas y creencias de los integrantes de la comunidad.

­  No excavar ni tratar de extraer las piezas arqueológicas.

­  Dibuja uno o varios elementos existentes en el lugar visitado.

 

Antes de iniciar el retorno se aplico la siguiente evaluación de la actividad:

Resultados de la Evaluación

 

1.- Sobre la actividad realizada:

  • ¿Cómo califica al docente orientador?

 
 
 

 


Frecuencia

Excelente

22

Bueno

03

Regular

00

Mejorable

00

Total

25

 

 

  • ¿Cómo califica al docente organizador?

 

Frecuencia

Excelente

24

Bueno

01

Regular

00

Mejorable

00

Total

25

  • ¿Cómo califica los recursos utilizados?

 

Frecuencia

Excelente

21

Bueno

04

Regular

00

Mejorable

00

Total

25

 

 

 

  • ¿Cómo fue el manejo del tiempo?

 

Frecuencia

Excelente

18

Bueno

07

Regular

00

Mejorable

00

Total

25

 

 

 

 

 

2.- Sobre el aspecto logístico:

  • ¿El espacio estuvo acorde a las exigencias de la actividad realizada?

 

 

Frecuencia

Si

25

No

00

 

 

 

  • ¿La autogestión se reflejó en las condiciones del espacio y el suministro de refrigerio para los participantes?

 

 

 

Frecuencia

Si

24

No

01


 

  • ¿Recibió el material de apoyo a tiempo?

 
 
 

 

 


Frecuencia

Si

25

No

00

 

 

 

 

3.- Sobre el contenido de la caminata:

  • ¿Es la primera vez que usted asiste a una caminata en sitios o centros históricos?

 
 
 

 

 


Frecuencia

Si

20

No

05

 

 

 

 

 

 

 

  • ¿Considera usted que estas visitas son necesarias?

 
 
 

 

 


Frecuencia

Si

25

No

00

 

 

 

 

 

  • ¿Considera que el tema discutido aporta beneficios a su vida profesional?

 

 

Frecuencia

Si

25

No

00

 

Especifique:

o   Permite valorar nuestra región y los elementos culturales.

o   Ayuda a conocer nuestro origen que muchas veces se desconoce.

o   Enriquece mis conocimientos y me permite darlos a conocer a los estudiantes.

o   Da a conocer la herencia de los antepasados.

o   Me aporta experiencias para organizar y dar a conocer los sitios históricos.

o   Enriquecen nuestra cultura y conocimientos sobre nuestros orígenes.

 

 

 
 
 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 


  • ¿Plantearía alguna sugerencia para el desarrollo de este proyecto?

 

 

Frecuencia

Si

24

No

01

 

Especifique:

o   Crear una revista cultural que refleja la información que se ha transmitido.

o   Que sigan realizando estas actividades, ya que contribuyen a nuestro crecimiento profesional y personal.

o   Que se integren todos los docentes a estas actividades

o   Mejorar las vías de acceso.

o   Buscar más apoyo de los entes gubernamentales.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Marco Teórico.

 

UNIDAD I


                                                                                                 Págs.

Módulo I

Introducción al patrimonio cultural………………………………………. 02 - 04

 

Módulo II

Valoración y registro de las manifestaciones culturales………..……… 05 - 08

 

Módulo III

La diversidad cultural como expresión de la identidad del venezolano..08 - 10

 

Módulo IV

Patrimonio, centros históricos y desarrollo endógeno………….………..11 - 16

 

 

 

 

UNIDAD II

 

Módulo V

Marco Legal e Institucional del Patrimonio Cultural y Tráfico Ilícito de Bienes Culturales……17 - 24

 

Módulo VI

La Participación Ciudadana en la Gestión del Patrimonio Cultural…… 25 - 27

 

Módulo VII

Protección del Patrimonio Cultural………...……………………………… 28 - 50

 

Módulo I

Introducción al Patrimonio Cultural

 

*            Cultura: constituye un proceso social, en el cual los grupos humanos manifiestan sus creencias, sus costumbres, sus gustos, sus valores, su forma de ver la vida y hasta la propia forma de actuar, según, el territorio, el espacio físico donde habitan

 

*            Patrimonio: el conjunto de los bienes y derechos heredados pertenecientes a una persona, o grupo de personas.

 

*            Mitos: (del griego «relato», «cuento») es un relato tradicional de acontecimientos prodigiosos, protagonizados por seres sobrenaturales o extraordinarios, tales como dioses, semidioses, héroes o monstruos.

 

*            Tradiciones: es el conjunto de patrones culturales que una generación hereda de las anteriores y, usualmente por estimarlos valiosos, trasmite a las siguientes.

 

*            Costumbres: es una práctica social arraigada que cuentan con aprobación del colectivo.

 

*            Creencias: es una idea que es considerada verdadera por quien la profesa. Paradigma habitualmente basado en la fe, creado por la mente, idealizándose generalmente en la interpretación de un contenido cognoscitivo o de un hecho (abstracto o concreto) de los cuales se desconoce demostración absoluta o no se exige una justificación o fundamento racional (basándose en principios probabilístico o paradojales. Ejemplo Las cabañuelas del tiempo.

 

*            Autóctono: Se refiere a una persona, elemento tangible o intangible que ha nacido o se ha originado en el mismo lugar donde se encuentra.

 

*            Apropiación: Acción y resultado de tomar alguna cosa para sí, haciéndose dueño de ella.

 

*            Sentido de Pertenencia: Existe un grado de disposición que toda persona tiene para seguir la lógica de convivencia o sentido común, mientras más segura se sienta esa persona dentro de un grupo, más elevado será su sentimiento comunitario y por lo tanto la persona estará mas dispuesta a seguir normas. El sentido de pertenencia no es mas que la seguridad que la persona obtiene cuando se siente que ocupa un lugar dentro de un grupo; esto llevara a la misma a buscar conductas que permitan ocupar un sitio.

 

*            Patrimonio Cultural

    El patrimonio es parte de la riqueza social. Esto quiere decir que el patrimonio ha de ser generador de riqueza, no sólo en términos económicos sino como referente de identidad de individuo y de grupo social como constructor de nación

     Todo lo valioso, característico y significativo que se manifiesta en la cultura de los diversos grupos humanos de una sociedad y que es asumido por ellos como un bien que les pertenece a todos.

     Bienes a los cuales se les ha otorgado un valor y un significado particular y distintivo que los diferencia de otros. Por ello existe la responsabilidad colectiva de protegerlos y conservarlos.

     El patrimonio no es referencia exclusiva del pasado y de lo monumental. Está asociado con la vida cotidiana, el presente, y el futuro de los pueblos, etnias, naciones y comunidades donde se crea y se sigue creando

 

*            Valoración Patrimonial: La significación cultural que la sociedad, le otorga a determinadas expresiones de su actividad y de su entorno que están vinculadas con la gente, con sus creencias y valores. Esos valores corresponden a saberes y técnicas tradicionales propias de determinados grupos humanos.

 

*            Bienes Culturales: Son el conjunto de manifestaciones y elementos producto de la cultura ancestral, tradicional y contemporánea, es decir,  las obras colectivas que se expresan en las actividades cotidianas, actos, ceremonias y conocimientos.  

  

 

 2. Clasificación del Patrimonio

*            Patrimonio Material o Tangible: Son construcciones volumétricas tales como centros históricos dentro de una poligonal, conjuntos e hitos urbanísticos, ruinas arqueológicas o paleontológicas, históricos o conmemorativos, sitios subacuáticos, además de objetos, colecciones y otros bienes materiales de creación individual 

v     Los Objetos o bienes mueble: son objetos o colecciones materiales de creación individual que se pueden mover de un lugar a otro

          

v     Las Construcciones o bienes inmueble: sitios, centros y construcciones históricos, arqueológicos, paleontológicos, subacuáticos que no pueden ser movidos del lugar donde fueron creados

 

 

*            Patrimonio Inmaterial o Intangible: Son el conjunto de manifestaciones producto de la cultura ancestral, tradicional y contemporánea, es decir,  las obras colectivas que se expresan en las actividades cotidianas, actos, ceremonias y conocimientos como lo son las fiestas, los bailes.     

                            

v     La Tradición Oral: Son aquellos testimonios orales y discursivos sobre acontecimientos y conocimientos que tienen significación para un determinado colectivo y que han sido transmitidos de generación en generación mediante la narración oral, entre ellos, toponimia, idiomas, creencias, Ritos, Conocimientos, Valores, Mitos, Recetas Culinarias y curativas, rezos leyendas

 

v     Las Manifestaciones Colectivas: Son todas aquellas expresiones ceremoniales, festivas o de procesos productivos de grupos de personas, comunidades o grupos de personas que comparten una historia y propósitos comunes

 

v     La Creación Individual: Son aquellas producciones inmateriales, realizadas por un autor sea o no conocido, que están asociadas a la literatura, la interpretación sea música, baile, danza, creaciones plásticas, cantatas o teatro el cine o cualquier otro tipo de proyección audiovisual, que por su valor cultural o significación colectiva es reconocida como un bien patrimonial

 

*            Patrimonio Natural: Áreas, o lugares no elaborados por el hombre, son de extraordinario valor; ya sea por sus formaciones geológicas, su belleza natural, su riqueza biológica o por ser lugares donde habitan especies animales o vegetales amenazadas.






Caminata Arqueológica

 

Descripción

Es una actividad de campo que consiste en trasladar a un grupo de estudiantes a lugares donde existan construcciones volumétricas tales como centros históricos dentro de una poligonal, conjuntos e hitos urbanísticos, ruinas arqueológicas o paleontológicas, históricas o conmemorativas, además de objetos, colecciones y otros bienes materiales de creación individual

 

 Objetivo: Promover en los niños, niñas, jóvenes docentes o personal del sector educativo del estado Barinas el conocimiento y valoración de los sitios y centros históricos locales y regionales.

 

¿Quiénes participan?

Miembros de la Comunidad Educativa principalmente estudiantes de media y diversificada en grupos de 35 participantes o equivalentes a una sección incluyendo el docente  de aula y/o especialista

 

Hora de Salida

7:00 de la mañana

 

Tiempo de Duración

Incluyendo el traslado de 6 a 8 horas

 

Destinos:

El estado Barinas posee numerosos lugares de gran valor patrimonial, sin embargo para estos recorridos se están proponiendo algunos sitios arqueológicos y sitios naturales dependiendo de las condiciones de acceso y del tipo de transporte con el cual se cuente, por ello resaltamos los siguientes:

 

Sitios Arqueológicos

1.    Ruta Arqueológica de Bum Bum Municipio Antonio José de Sucre

2.    Centro Monticular El Cedral Municipio Pedraza

3.    Petroglifos la Madre Monte Municipio Pedraza

4.    Cañon del Yaure Municipio Ezequiel Zamora

5.    Sitio de Petroglifos La Hormiga Municipio Ezequiel Zamora

6.    Murallas de Capitanejo Municipio Ezequiel Zamora

 

Sitios Naturales

1.    La Laguna Azul, Municipio Pedraza

2.    Los Chorrerones Municipio Pedraza

3.    Carmelero Municipio Ezequiel Zamora

4.    El Gabanal - Municipio Pedro Felipe Sosa

5.    La Libertad Caño Hondo - Municipio Pedro Manuel Rojas

6.    Caño Caimán - Municipio Pedro Felipe Sosa

 

Síntesis del Programa

1.    Abordaje de la Unidad de transporte y pasar asistencia comprobando que todos lleven su distintivo

2.    Explicar el recorrido y realizar dinámicas de recreación en el camino

3.    Organizar a los participantes de acuerdo a la lista de asistencia del docente y pedir que firmen la asistencia de la coordinación previo al inicio de la caminata

4.    Al llegar al sitio propiamente dicho, se les dará una charla y luego el desayuno

5.    Entregar a los participantes la hoja de trabajo, que deberán ir llenando paralelamente al recorrido

6.          Al finalizar el recorrido pedir las hojas de trabajo y realizar juegos o dinámicas de recreación

7.          Prever el regreso de acuerdo al tiempo que tarda la caminata

 

 Pasos que se deben seguir antes y después de la actividad:

1.    Realizar el “I Taller Integral del Patrimonio Cultural” (donde además se planifica el viaje)

2.    Elaborar distintivos para cada participante que serán empleados el día de la actividad

3.    Garantizar: Copias de la hoja de trabajo, comida e hidratación, bolsas negras y ropa cómoda, calzado y es obligatorio llevar gorra o sombrero.

4.    Gestionar los permisos correspondientes en el caso de estudiantes.

5.    Entregar un informe en un tiempo máximo de 15 días luego de realizada la actividad.



VISITA A SITIOS Y CENTROS Y HISTÓRICOS

(Hoja de trabajo)

 

Nombre y Apellido: __________________________________________________________

Grado: ______ Edad: ____ Institución ___________________________________________

Parroquia: ______________________ Municipio: __________________________________

 

Denominación del Sitio o centro histórico: _________________________________________

Dirección o ubicación geográfica: _______________________________________________

_________________________________________________

Resumen de la charla facilitada por el guía ________________________________________

______________________________________________

________________________________________________

Observa detalladamente las construcciones o elementos naturales existentes y describe alguno_________________________________

______________________________________

_____________________________________ 

Observa detalladamente los objetos o animales existentes y describe algunos ____________

___________________________________________

¿Qué fue lo que más te impactó y por qué? _______________________________________

__________________________________________

¿Existe alguna tradición oral vinculada con el sitio? SI__  NO__ ¿qué nombre le ha dado la comunidad?______________________________ descríbela brevemente    

__________________________________________

¿Consideras que este sitio es importante? SI__ NO__ ¿por qué? ______________________

___________________________________________

¿Visitar este sitio contribuye en tu educación? SI__ NO__ ¿por qué?___________________

________________________________________

¿Te gustaría compartir lo que observaste con tus compañeros de la escuela o comunidad?  SI __ NO__ ¿cómo lo harías? __________________________________________________

__________________________________________________________________________

Escribe dos sugerencias que tú consideras necesarias para conservarlo.

1.- ________________________________________________________________________

2.- ________________________________________________________________________

 

NOTA: Escribe con lápiz de grafito, no dejes ninguna pregunta sin respuesta, consulta tus dudas con el guía o con tú profesor  y al respaldo de la hoja dibuja uno o varios elementos de todo lo observado.






Cronograma de Actividades Patrimonio Cultural

MES

MUNICIPIO

OBJETIVO

ACTIVIDAD

MEDIOS DE VERIFICACIÓN

RECURSOS

Dic Enero

*Pedraza San Benito del Tesoro 28 de Diciembre

 

*José de la Cruz Paredes Locainas de la Yuca

 

*Bolívar, Fiesta de las Vírgenes

 

 *José de la Cruz Paredes Paradura del Niño con Disfraces

 

*Pedraza, San Benito de San Rafael de Catalina

 

*Obispos, Nuestra Sra del Rosario de El Real

 

*Obispos, Paradura del Niño Jesús en Borburata

Promover el conocimiento, valoración y puesta en uso social del patrimonio cultural local y regional

Registro Audiovisual de las manifestaciones colectivas del Estado Barinas

Video

Cámara de vídeo.

Trípode

Cintas Mini DV

Micrófonos

Audífono

Luces

Rebotadores

 

 

Febrero

Pedro Felipe Sosa Bermúdez, Virgen de la Candelaria.

 

Andrés Eloy Blanco, Festival Pesquero.

 

Bolívar, Fiestas Patronales de San Eleuterio

Promover el conocimiento, valoración y puesta en uso social del patrimonio cultural local y regional

Registro Audiovisual de las manifestaciones colectivas del Estado Barinas

 

 

Video

Cámara de vídeo.

Trípode

Cintas Mini DV

Micrófonos

Audífono

Luces

Rebotadores

Martes 22, 08AM

Barinas, EB. Ciudad Varyná,

I Taller Integral de Patrimonio Cultural

Lista de Asistencia y Video

Cámara de Video Guías de Trabajo

Instrumentos Video Beam, Computadora, pantalla y sonido, Documentales

Merienda y almuerzo

Agua

Lunes 28 07AM

Barinas, EB. Ciudad Varyná

Caminata Arqueológica

Lista de Asistencia y Video

Cámara de Video Instrumentos

Distintivos y uniforme

Merienda y almuerzo

Bolsas negras

Agua

 

viernes 25, 04PM

Barinas, U.E Herminio León Colmenares

 

Video Foro Comunitario

Lista de Asistencia y Video

Cámara de Video Instrumentos Video Beam, Computadora, pantalla y sonido.

Agua

Documentales

15, 16 Y 17

Ezequiel Zamora

Entrega de las Computadoras del Programa CANAIMA

Apoyo al equipo técnico responsable

Video

Cámara de Video Computadora, TV Plasma y sonido.

Documentales

 

 

Marzo

 

02 y 03

*Alberto Arvelo Torrealba, Grabación Carnavales 2011

* Ezequiel Zamora, Registro Audiovisual Cañón de El Yaure y Arrecifes de Coral

 

 

 

 

 

 

 

Promover el conocimiento, valoración y puesta en uso social del patrimonio cultural local y regional

Registro Audiovisual de las manifestaciones colectivas del Estado Barinas

 

Cámara de vídeo.

Trípode

Cintas Mini DV

Micrófonos

Audífono

Luces

Rebotadores

15,  5PM

17 y 18,  5PM

 

Bolívar

Andrés Eloy Blanco

 

 

 

Video Foro Comunitario

Lista de Asistencia y Video

Cámara de Video Instrumentos Video Beam, Computadora, pantalla y sonido.

Agua

Documentales

21, 8AM

 

 

24, 7AM

Barinas, E.B. Alto Barinas Sur

 

 

Barinas, E.B. Alto Barinas Sur

I Taller Integral de Patrimonio Cultural

 

 

 

Caminata Arqueológica

Lista de Asistencia y Video

Cámara de Video Instrumentos

Distintivos y  uniforme

Merienda y almuerzo

Bolsas negras

Agua

10 y 11

Arismendi

Entrega de las Computadoras del Programa CANAIMA

Apoyo al equipo técnico responsable

Video

Cámara de Video Computadora, TV Plasma y sonido.

Documentales

29, 8AM

Pedro Manuel Rojas

Celebración Día Nacional del Patrimonio Cultural

Festival Creatividad al Viento en el Marco de la Muestra Infantil Selección Saberes: Gastronomía, Afiche y Artesanía

Lista de Asistencia y Video

Cámara de Video Instrumentos

Distintivos

Bolsas negras

Agua.

Material recuperable: Papel Periódico, Plástico u otro que presente esa cualidad

Varitas, hilo pabilo. Sonido, Espacio que permita desarrollar las acciones

31

Antonio José de Sucre

Muestra Regional de Teatro Proyecto CED en el Marco del Día Internacional del Teatro

 

 

 

Abril

01

 

22 Punta de Piedra

* Antonio José de Sucre Registro Audiovisual Ruta Arqueológico Bum Bum

* Ezequiel Zamora registro audiovisual Vía Crucis

 

 

 

 

 

 

Promover el conocimiento, valoración y puesta en uso social del patrimonio cultural local y regional

Registro Audiovisual de las manifestaciones colectivas del Estado Barinas

 

Cámara de vídeo.

Trípode

Cintas Mini DV

Micrófonos

Audífono

Luces

Rebotadores

08  La Yuca

 

14 y 15 San Rafael de Catalina 5PM

 

*José de la Cruz Paredes

 

 

*Pedraza

Video Foro Comunitario

Lista de Asistencia y Video

Cámara de Video Instrumentos Video Beam, Computadora, pantalla y sonido.

Agua

Documentales

NER 213 12

*Bolívar

Caminata Arqueológica

Lista de Asistencia y Video

Cámara de Video Instrumentos

Distintivos y  uniforme

Merienda y almuerzo

Bolsas negras

Agua

29

Alberto Arvelo Torrealba

Sensibilizar Proyectar y difundir el Movimiento Dancístico del Estado Barinas

Muestra Regional de Teatro

Video

Cámara de vídeo.

Trípode

Cintas Mini DV

Micrófonos

Audífono

 

 

 

 

 

 

Mayo

04

Barinas.

Personal de la División de Cultura

Promover el conocimiento, valoración y puesta en uso social del patrimonio cultural local y regional

Taller Patrimonio Cultural y Trabajo de Campo

Lista de Asistencia y Video

Cámara de Video Instrumentos

Bolsas negras

Agua.

Transporte y Almuerzo

*Para la realización de los Video Foro Comunitarios se debe convocar a todos los actores y autores de la comunidad educativa y prever un espacio amplio y de libre acceso donde se puedan visualizar los audiovisuales

*Para las caminatas arqueológicas el docente de aula conjuntamente con el coordinador de cultura deben prever los permisos, transporte, hidratación y comida

 

             

 

LEY DE PROTECCION Y DEFENSA DEL PATRIMONIO CULTURAL

(Tomado de la Gaceta Oficial Nº Extraordinario 4.623, de fecha 03 de septiembre de 1993)

El Congreso de la República de Venezuela
Decreta. La siguiente:

LEY DE PROTECCION Y DEFENSA DEL PATRIMONIO CULTURAL

TITULO I. DEL PATRIMONIO CULTURAL.

Capítulo I. Disposiciones Generales

ARTÍCULO Esta Ley tiene por objeto establecer los principios que han de regir la defensa del Patrimonio Cultural de la República, comprendiendo ésta: su investigación, rescate, preservación, conservación, restauración, revitalización, revalorización, mantenimiento, incremento, exhibición, custodia, vigilancia, identificación y todo cuanto requiera su protección cultural, material y espiritual.

ARTÍCULO La defensa del Patrimonio Cultural de la República es obligación prioritaria del Estado y de la ciudadanía.
Se declara de utilidad pública e interés social la preservación, defensa y salvaguarda de todas las obras, conjuntos y lugares creados por el hombre o de origen natural, que se encuentren en el territorio de la República, y que por su contenido cultural constituyan elementos fundamentales de nuestra identidad nacional.

ARTÍCULO Cuando la preservación de bienes que integren el Patrimonio Cultural de la República, implique una limitación que desnaturalice los atributos del derecho de propiedad, su titular podrá reclamar al Estado la indemnización correspondiente.
En estos casos, a los efectos de determinar la indemnización, se seguirán los criterios establecidos en la Ley de Expropiación por Causa de Utilidad Pública o Interés Social.

ARTÍCULO El Patrimonio Cultural de la República es inalienable e imprescriptible en los términos de esta Ley.

ARTÍCULO Corresponderá oficialmente al Instituto del Patrimonio Cultural todo cuanto atañe a la defensa del Patrimonio Cultural aquí prevista, con las excepciones que esta Ley establezca.

Capítulo II
De los bienes que constituyen el Patrimonio Cultural de la República

ARTÍCULO 6° El Patrimonio Cultural de la República a los efectos de esta Ley, está constituido por los bienes de interés cultural así declarados que se encuentren en el territorio nacional o que ingresen a él quien quiera que sea su propietario conforme a lo señalado seguidamente:
    1. Los bienes muebles e inmuebles que hayan sido declarados o se declaren monumentos nacionales;

   
2. Los bienes inmuebles de cualquier época que sea de interés conservar por su valor histórico, artístico, social o arqueológico que no hayan sido declarados monumentos nacionales;
   
3. Los bienes muebles de valor histórico o artístico, propiedad del Estado o de otras personas jurídicas de carácter público, que se encuentren en museos nacionales, estadales o municipales o en otros lugares públicos o privados, incluidos los de valor numismático o filatélico;
   
4. Los bienes muebles de cualquier época que sea de interés conservar por su excepcional valor histórico o artístico;
   
5. Las poblaciones y sitios que por sus valores típicos, tradicionales, naturales, históricos, ambientales, artísticos, arquitectónicos o arqueológicos, sean declarados dignos de protección y conservación. Los centros históricos de pueblos y ciudades que lo ameriten y que tengan significación para la memoria urbana;
   
6. Los testimonios históricos y sitios arqueológicos vinculados con el pasado;
   
7. El patrimonio vivo del país, sus costumbres, sus tradiciones culturales, sus vivencias, sus manifestaciones musicales, su folklore, su lengua, sus ritos, sus creencias y su ser nacional;
   
8. El patrimonio documental y bibliográfico, archivos, bibliotecas, fototecas, mapotecas, fonotecas, videotecas, cinematecas y demás instituciones de igual naturaleza; tutelados actualmente por organismos específicos sin desconocer la titularidad de dichos organismos sobre los mismos;
   
9. Los objetos y documentos de personajes de singular importancia en la historia nacional, sus creaciones culturales transcendentes;
   
10. Las obras culturales premiadas nacionalmente;
  
11. La estatuaria monumental y las obras de arte de los cementerios;
   
12. El entorno ambiental o paisajístico -rural o urbano- requerido por los bienes culturales, muebles o inmuebles para su visualidad o contemplación adecuada;
  
13. El patrimonio arqueológico y paleontológico donde quiera que se encuentren; y
  
14. Cualquier otro bien de interés cultural que amerite ser declarado como tal.

TITULO II
DEL ORGANISMO COMPETENTE

Capítulo I
Del nombre y objeto

ARTÍCULO Se crea el Instituto del Patrimonio Cultural. El Reglamento de esta Ley determinará la estructura orgánica y las modalidades operativas correspondientes.

ARTÍCULO El Instituto del Patrimonio Cultural tiene por objeto la identificación, preservación, rehabilitación, defensa, salvaguarda y consolidación de las obras, conjuntos y lugares a que se refieren los artículos 2° y 6° de esta Ley.
En el cumplimiento de su objeto, el Instituto establecerá la coordinación necesaria con los Estados y Municipios de acuerdo con lo establecido por la Ley Orgánica de Descentralización, Delimitación y Transferencia de Competencias del Poder Público.

ARTÍCULO El Instituto del Patrimonio Cultural, estará adscrito al Ministerio de la Secretaría de la Presidencia de la República, el cual podrá ejercer su tutela por órgano del Consejo Nacional de la Cultura.

ARTÍCULO 10° El Consejo Nacional de la Cultura, a través del Instituto del Patrimonio Cultural, ejercerá las siguientes atribuciones:
   1. Determinar las obras, conjuntos y lugares que forman parte del Patrimonio Cultural de la República. Tal determinación se hará mediante resolución, debidamente motivada, la cual se publicará en la GACETA OFICIAL DE LA REPUBLICA DE VENEZUELA;

  
2. Establecer los planes de conservación de los bienes referidos y velar por su ejecución;
   
3. Autorizar, si lo considera procedente, la exploración, estudio o excavación de yacimientos arqueológicos o paleontológicos, conforme a la normativa que se dicte al respecto;
   
4. Autorizar los convenios interinstitucionales necesarios para el logro de su objeto;
   
5. Organizar el presupuesto interno de gastos del mismo;
   
6. Regular y dictar las normas relativas a la investigación, restauración, conservación, salvaguarda, preservación, defensa, consolidación, reforma y reparación de las obras, conjuntos y lugares a que se refieren los artículos 2° y 6° de esta Ley, a excepción de lo referente a los bienes, cuya competencia exclusiva sea del Instituto Autónomo Biblioteca Nacional y de Servicios de Bibliotecas, caso en el cual coadyuvará en el mejor logro de sus objetivos;
  
7. Actuar como órgano de consulta vinculante en aquellos casos en los cuales el Presidente de la República resuelva declarar un bien cultural como monumento nacional;
   
8. Actuar como instancia de consulta previa obligatoria ante los órganos municipales y estadales en las materias de planes de ordenación urbanística y convenios de delimitación y transferencia de los servicios nacionales sobre protección de bienes culturales;
   
9. Elaborar el inventario general de los bienes culturales muebles e inmuebles de la nación y de las reliquias históricas y remitirlo al Ministerio de Hacienda y a la Contraloría General de la República;
  
10. Constituir el Registro General de los bienes culturales, muebles e inmuebles que hayan sido declarados patrimonio de la República o que por sus características sean de interés cultural para la nación;
  
11. Realizar según lo disponga el Reglamento de esta Ley, las notificaciones correspondientes en los casos en que se declaren a un bien como monumento nacional;
  
12. Recibir las notificaciones y emitir la debida autorización a los propietarios públicos o privados de bienes declarados Patrimonio Cultural o de bienes de interés cultural cuando estos van a ser objeto de enajenación, gravamen u otra limitación al derecho de propiedad;
  
13. Prestar la asistencia técnica necesaria a aquellas instituciones públicas o privadas, civiles o eclesiásticas, nacionales o extranjeras, a los fines de lograr lo establecido en el artículo 2° de esta Ley;
  
14. Firmar los Acuerdos Internacionales que permitan el resguardo de nuestro Patrimonio Cultural en sitios fronterizos y todos aquellos Acuerdos de carácter internacional destinados a la salvaguarda de los bienes declarados Patrimonio Cultural o de interés cultural para la Nación;
  
15. Autorizar la ejecución de los programas de planificación o de desarrollo que se presenten en las zonas de protección circundantes a los monumentos nacionales;
  
16. Atender las solicitudes, notificaciones y requerimientos de los museos, entidades eclesiásticas o civiles sobre el deterioro o ruina de bienes culturales muebles o inmuebles bajo su custodia;
  
17. Levantar el mapa arqueológico y paleontológico de la República;
  
18. Celebrar convenios de explotación y excavación de yacimientos arqueológicos o paleontológicos con instituciones científicas nacionales o extranjeras;
  
19. Patrocinar, conjuntamente con las instituciones culturales, académicas y educativas, con los medios de comunicación social y con los demás organismos culturales, públicos y privados, campañas divulgativas y formativas en el ámbito nacional, regional y local, en apoyo a la defensa y preservación del Patrimonio Cultural de la República;
   
20. Notificar a los propietarios de los bienes culturales sobre la declaratoria de éstos como Patrimonio Cultural de la República o su consideración de interés cultural para la Nación;
   
21. Estimular la creación de museos de historia, cultura popular, ecología y parques arqueológicos; y
   
22. Las demás que le señalen esta Ley y sus reglamentos.

Estas atribuciones serán ejercidas tomando en cuenta la coordinación necesaria con los Estados y los Municipios

Capítulo II
Del Consejo Consultivo del Instituto del Patrimonio Cultural

ARTÍCULO 11º El Instituto del Patrimonio Cultural contará con un Consejo Consultivo, órgano asesor de alto nivel, en el cual podrá recomendar al Instituto del Patrimonio Cultural los instrumentos, procedimientos y mecanismos necesarios. Este Consejo asegurará una representación genuina de todos los sectores nacionales interesados en los fines para los cuales se crea dicho Consejo.

ARTÍCULO 12º El Consejo Consultivo estará integrado por:
1° El Presidente del Instituto, quien presidirá sus deliberaciones.

2° Un representante del Ministerio de Relaciones Interiores, vinculado a la coordinación del desarrollo estadal y municipal.
3° Un representante del Ministerio de Relaciones Exteriores.
4° Un representante del Ministerio de la Defensa.
5° Un representante del Ministerio de Educación.

6° Un representante del Ministerio del Desarrollo Urbano.
7° Un representante del Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales Renovables.
8° Un representante del Ministerio de Hacienda.
9° Un representante del Consejo Nacional de la Cultura.
10° Un representante de la Corporación de Turismo de Venezuela.

11° Un representante de la Academia Nacional de la Historia.
12° Cinco (5) especialistas en materia de arquitectura, arqueología, restauración de bienes muebles e inmuebles, paleontología, ecología y restauración de libros. La designación de los especialistas, corresponderá a los gremios respectivos, conjuntamente con las Universidades Nacionales y el Instituto Autónomo Biblioteca Nacional y de Servicios de Bibliotecas.

13° Dos (2) representantes de la Federación de Cámaras y Asociaciones de Comercio y Producción.

PARAGRAFO UNICO: Los representantes de los organismos indicados en los ordinales 2° al 13°, serán designados por la máxima autoridad de éstos. Dichos representantes serán de su libre nombramiento y remoción.

TITULO III
DE LOS BIENES DECLARADOS PATRIMONIO CULTURAL Y DE INTERES CULTURAL

Capítulo I
De la declaratoria de los bienes que constituyen el Patrimonio Cultural de la República.

ARTÍCULO 13º La declaratoria de un bien de interés cultural como monumento nacional corresponderá al Presidente de la República en Consejo de Ministros. Los demás bienes del artículo 6° de esta Ley serán declarados tales por el Instituto del Patrimonio Cultural.
PARAGRAFO UNICO:
La declaratoria de sitios de patrimonio histórico-cultural o arqueológico, como áreas bajo régimen de administración especial, se regirá por lo dispuesto en la Ley Orgánica para la Ordenación del Territorio, pero el control de la ejecución de los planes de éstas lo ejercerá el Instituto del Patrimonio Cultural.

Capítulo II
De los monumentos nacionales

ARTÍCULO 14º Son monumentos nacionales los bienes inmuebles o muebles que sean declarados como tales en virtud de su valor para la historia nacional o por ser exponentes de nuestra cultura.
PARAGRAFO UNICO:
Mantendrán su condición de monumentos nacionales los bienes que hubieren sido declarados como tales con anterioridad a esta Ley.

ARTÍCULO 15º La declaración de monumento nacional la notificará el Instituto del Patrimonio Cultural cuando el bien sea de propiedad particular a su propietario; y si fuera inmueble, hará igual participación al Registrador Subalterno de la jurisdicción en que se encuentre ubicado el inmueble para que estampe una nota marginal en los protocolos correspondientes. En la misma se hará constar la declaración a los efectos de esta Ley.

ARTÍCULO 16º La declaración de monumento nacional de un inmueble o mueble de propiedad nacional, estadal o municipal la notificará el Instituto del Patrimonio Cultural a la autoridad que lo tenga a su cargo a los fines de la salvaguarda del mismo. Dicha autoridad participará al Instituto del Patrimonio Cultural cualquier circunstancia que amenace ruina parcial o total al monumento e impedirá, a la vez, que se realice en el mismo cualquier obra de construcción nueva o adosada o apoyada a éI, reconstrucción, reparación, reforma, demolición, cambio de ubicación, de destino o de uso sin la debida anuencia de este organismo.

ARTÍCULO 17º Cuando el bien declarado monumento nacional sea de propiedad particular, el propietario está en la obligación de notificar al Instituto del Patrimonio Cultural:

1. Cualquier acto de enajenación a título oneroso o gratuito que pretenda realizar sobre el mismo; y
2. Cualquier gravamen, limitación o servidumbre que pretenda imponerle.
ARTÍCULO 18º Los gravámenes, limitaciones y servidumbres sobre bienes de propiedad particular declarados monumentos nacionales, sólo podrán constituirse previa autorización del Instituto del Patrimonio Cultural, la cual se concederá una vez comprobado que los actos proyectados no perjudicarán los méritos del monumento.
El Estado gozará de un derecho perpetuo de paso sobre los inmuebles de propiedad particular declarados monumentos nacionales.
ARTÍCULO 19º Los funcionarios judiciales están obligados a notificar al Instituto del Patrimonio Cultural la ejecución intentada sobre bienes declarados monumentos nacionales.
Verificado el remate, se suspenderá la adjudicación definitiva del bien al rematador durante el lapso de treinta (30) días hábiles, dentro del cual el Estado podrá pedir que se le adjudique el bien ejecutado haciendo suya la postura formulada por aquél.
ARTÍCULO 20º Los Jueces, Registradores, Notarios y demás autoridades, notificarán al Instituto del Patrimonio Cultural la presentación de cualquier documento de enajenación o de constitución de gravámenes, limitaciones o servidumbres sobre bienes de propiedad particular declarados monumentos nacionales y se abstendrán de dar curso a los mismos si no constare el cumplimiento de lo dispuesto en esta Ley.
ARTÍCULO 21º Ninguna autoridad podrá emprender o autorizar que se inicie sobre los monumentos nacionales propiedad de particulares, actos de demoliciones, reformas, reparaciones, restauraciones, cambios de ubicación o de destino, sin que medie la correspondiente aprobación del Instituto del Patrimonio Cultural.
Cualquier persona natural o jurídica de carácter público y en caso de que la obra se haya comenzado o concluido, podrá ordenar que se proceda a reponer el monumento a su estado anterior; si se tratare de un monumento de propiedad particular, los trabajos de reposición se harán a expensas del propietario.
ARTÍCULO 22º Los bienes muebles o inmuebles de propiedad eclesiástica que hayan sido declarados o se declaren monumentos nacionales, están sujetos a las disposiciones de esta Ley.
ARTÍCULO 23º Se determinarán alrededor de los bienes inmuebles declarados monumentos nacionales, zonas de protección a las áreas circundantes que, por formar el ambiente de los mismos, deban ser objeto de regulación reglamentaria.

En cuanto a la ejecución de nuevas construcciones en dichas zonas, el Instituto del Patrimonio Cultural establecerá las relaciones volumétricas adecuadas al conjunto monumental e impedirá que las mismas restrinjan su visualidad y contemplación.

Capítulo III
De los bienes inmuebles de valor histórico, artísticos o ambientales no declarados Patrimonio Cultural

ARTÍCULO 24º Quedan sometidos a la inspección y vigilancia del Instituto del Patrimonio Cultural, a los fines de su protección y conservación, las edificaciones de cualquier época perteneciente a nuestra arquitectura civil, militar o religiosa, con todo lo que contengan, en los cuales el Instituto del Patrimonio Cultural por declaración expresa, reconozca determinado valores históricos, artísticos o ambientales.
La resolución será notificada al propietario, quien deberá hacer del conocimiento del Instituto del Patrimonio Cultural las traslaciones de propiedad que efectúe sobre las mismas.

ARTÍCULO 25º Los propietarios de los bienes mencionados en el artículo anterior, estarán en la obligación de participar al Instituto del Patrimonio Cultural el estado en que se encuentren estos bienes, así como cualquier acto traslativo de la propiedad que afecte el derecho.

Capítulo IV
De los bienes muebles de Valor artístico o histórico no declarados Patrimonio Cultural
de la República

ARTÍCULO 26º Sin perjuicio de las atribuciones propias de los Directores de los museos nacionales, estadales o municipales, no podrá ejecutarse ningún trabajo de reparación, restauración ni cambio alguno que desvirtúe y desnaturalice el sentido y concepto original de los bienes a los cuales se refieren los artículos 2° y 6° de esta Ley. Asimismo, cualquier cambio de sede o destino sobre los bienes muebles que se encuentren en dichos museos sin que medie el correspondiente informe favorable del Instituto del Patrimonio Cultural, salvo caso fortuito o fuerza mayor.

ARTÍCULO 27º Ninguna autoridad civil, militar o eclesiástica que tenga a su cargo bienes muebles de valor histórico o artístico, propiedad del Estado o de otras Personas jurídicas de carácter público, podrá ordenar o permitir que se ejecuten sobre ellos los trabajos o cambios a que se refiere el artículo anterior, si los mismos no han sido autorizados por el Instituto del Patrimonio Cultural.

ARTÍCULO 28º El Instituto del Patrimonio Cultural tiene la facultad de impedir o paralizar cualquier trabajo que se realice sin su aprobación, sobre los bienes que trata este Capítulo y en caso que el mismo se haya comenzado o concluido, podrá ordenar que se proceda a reponer el bien a su anterior.

ARTÍCULO 29º Están sometidos a esta Ley los bienes muebles de cualquier época propiedad de particulares, que a juicio del Instituto del Patrimonio Cultural sea de interés conservar por su excepcional valor histórico o artístico. Dichos bienes serán inscritos en un catálogo especial.
PARAGRAFO UNICO:
Los propietarios de bienes muebles, catalogados por el Instituto del Patrimonio Cultural, deberán hacer del conocimiento de éste las traslaciones de propiedad que efectúen a los fines de las anotaciones correspondientes.

ARTÍCULO 30º No se permitirá la salida del país de ningún bien mueble catalogado, sin que haya constancia de haber sido ofrecido en venta al Estado a través del Instituto del Patrimonio Cultural. lgual tratamiento se dará a aquellos casos en que el Instituto del Patrimonio Cultural haya permitido la introducción al país de bienes de excepcional valor histórico o artístico, con la facultad de reexportarlos y hayan permanecido en el país por más de diez (10) años.

La presente disposición podrá afectar a bienes muebles individualmente considerados o a colecciones de ellos.

Capítulo V
De las poblaciones y sitios que por sus valores típicos, tradicionales, naturales, históricos, ambientales, artísticos, arquitectónicos o arqueológicos sean declarados objeto
  de protección y conservación

ARTÍCULO 31º El Instituto del Patrimonio Cultural podrá declarar que determinadas poblaciones, sitios y centros históricos, en su totalidad o en parte, por sus valores típicos, tradicionales, naturales, ambientales, artísticos, arquitectónicos o arqueológicos y demás bienes establecidos en el artículo 6° numeral 7 de esta Ley, queden sometidos a la preservación y defensa que esta Ley establece.

ARTÍCULO 32º Los trabajos de reconstrucción, reparación y conservación y las construcciones nuevas a realizarse en una población, sitio o Centro histórico de los que trata este Capítulo, requerirán la autorización previa del Instituto del Patrimonio Cultural.
A los efectos de la autorización a que se refiere esta disposición, los interesados deberán acompañar la correspondiente solicitud de los planos y especificaciones del proyecto de la obra que se piense efectuar.
Si en la ejecución de la obra autorizada no se llenaren las condiciones señaladas, el Instituto del Patrimonio Cultural tendrá facultad para exigir que se modifique la misma o se restituya al estado anterior.

ARTÍCULO 33º En las poblaciones, sitios y centros históricos a que se refieren los artículos anteriores, el Instituto del Patrimonio Cultural, regulará, con la colaboración de las autoridades competentes, todo lo relativo a la colocación de anuncios, avisos o carteles y a la ubicación de garajes, estacionamientos de vehículos, expendios de gasolina y lubricantes, kioscos, templetes o cualesquiera otras construcciones, ya sean permanentes, temporales o provisionales, conforme a las exigencias establecidas en esta Ley.

ARTÍCULO 34º El Instituto del Patrimonio Cultural elaborará un censo de las poblaciones y sitios que por sus valores típicos, tradicionales, naturales, históricos, artísticos o ambientales así lo requieran; y levantarán, igualmente, planos de los mismos en los cuales deberá demarcar las zonas de protección.
Los programas de planificación y desarrollo que se proyecten en esas zonas, deberán hacerse del conocimiento del Instituto del Patrimonio Cultural.

TITULO IV
Del Patrimonio Arqueológico y Paleontológico de la República

ARTÍCULO 35º Son propiedad del Estado todos los bienes culturales declarados Patrimonio Cultural de la República, relativos al patrimonio arqueológico, prehispánico, colonial, republicano y moderno, así como los bienes del patrimonio paleontológico que fuesen descubiertos en cualquier zona del suelo o subsuelo nacional, incluidas las zonas subacuáticas, especialmente las submarinas.

ARTÍCULO 36º Se prohíbe la destrucción de los bienes a que se refiere el artículo anterior.
El Estado gozará de un derecho perpetuo de paso sobre los inmuebles de propiedad particular en los cuales se encuentren algunos de los bienes señalados en el artículo 29 de esta Ley.

ARTÍCULO 37º Los propietarios de terrenos bajo los cuales se encuentren objetos arqueológicos o paleontológicos, no podrán oponerse a los trabajos de exploración, levantamiento e inventario que el Instituto del Patrimonio Cultural autorice.

ARTÍCULO 38º El Instituto del Patrimonio Cultural podrá impedir, provisionalmente, y por un termino no mayor de sesenta (60) días continuos, hasta tanto autorice los trabajos de exploración, la correspondiente ocupación de terrenos de propiedad particular, cuando debajo de ellos se descubran objetos arqueológicos o paleontológicos.

ARTÍCULO 39º Todo trabajo que tienda a descubrir, explorar, estudiar o excavar yacimientos arqueológicos o paleontológicos, deberá ser previamente autorizado por el Instituto del Patrimonio Cultural. La autorización anterior sólo será concedida a arqueólogos o paleontólogos profesionales, así como a renombradas instituciones científicas, nacionales o extranjeras.

ARTÍCULO 40º El Instituto del Patrimonio Cultural podrá permitir la salida de colecciones de duplicados de objetos arqueológicos a favor de instituciones científicas extranjeras cuando no se juzguen útiles para los museos o instituciones nacionales, estadales o municipales; igualmente permitirá la salida de aquellas piezas que requieran tratamiento especial para conservación, restauración o examen.

TITULO V
Disposiciones Complementarias

ARTÍCULO 41º La exportación de los bienes a que se refiere esta Ley, sin autorización del Instituto del Patrimonio Cultural, será considerado como contrabando y penado conforme a la legislación nacional, obligando su devolución al territorio de la República.

ARTÍCULO 42º Todos los bienes de interés cultural declarados como tales, cuya propiedad no pueda ser demostrada al requerirlo así el Ejecutivo Nacional, pasarán a la custodia y protección de la República.

ARTÍCULO 43º Las gobernaciones de los Estados y las municipalidades podrán establecer servicios de protección y defensa de los bienes ubicados en su territorio y que llenen las condiciones establecidas en el artículo 6° de esta Ley.
Asimismo, podrán adoptar las medidas destinadas a su salvaguarda, siempre que en los procesos de restauración y revitalización de dichos bienes, se cumplan las previsiones de esta Ley, sus reglamentos y las normas y procedimientos que dicte el Instituto del Patrimonio Cultural.
El Instituto del Patrimonio Cultural suscribirá convenios con las instituciones públicas o privadas, nacionales o internacionales, cuyo objeto se relacione con el Patrimonio Cultural a fin de desconcertar las ejecuciones de sus programas y utilizar la capacidad instalada y la experiencia de dichas instituciones.

TITULO VI
De las Sanciones

ARTÍCULO 44º Quedan obligados a una participación activa en pro de la defensa, rescate y conservación del Patrimonio Cultural de la República todos los ciudadanos que habiten en su territorio.
Será penado con dos (2) a cuatro (4) años de prisión quien destruya, deteriore o dañe cualesquiera de los bienes establecidos en los artículos 2° y 6° de esta Ley.

Cuadro de texto: LOS SECRETARIOS,
LUIS AQUILES MORENO C.
DOUGLAS ESTANGAARTÍCULO 45º El que por haber obrado con imprudencia o negligencia; o bien con impericia en su profesión, arte o industria; o por inobservancia de esta Ley, de sus reglamentos, normas, órdenes escritas o disposiciones oficiales ocasionen algún daño a esos bienes, será sancionado con la mitad de la pena anterior.

ARTÍCULO 46º Quienes en búsqueda de bienes arqueológicos o paleontológicos realicen exploraciones o excavaciones no autorizadas, serán sancionados con la pena prevista en el artículo que antecede.

ARTÍCULO 47º Las demás infracciones a esta Ley y a sus Reglamentos que no constituyan delito, serán sancionadas con multa de cinco mil (5000) a diez mil (10000) días de salario mínimo urbano. La sanción será impuesta por el Ministerio de Hacienda, a solicitud del Instituto del Patrimonio Cultural.

ARTÍCULO 48º Las sanciones, anteriormente provistas, tendrán prelación sobre las que pudiera establecer la Ley Penal del Ambiente, para los delitos y faltas aquí contemplados.

TITULO VII
Disposiciones Finales

ARTÍCULO 49º Sin menoscabo de lo que disponga la legislación protectoras de derechos intelectuales, se considera delito contra el Patrimonio Cultural de la República, la utilización lucrativa del nombre de sus artistas, sin las autorizaciones suyas o de sus herederos o causahabientes, conforme a lo previsto en esta ley.

ARTÍCULO 50º El Instituto del Patrimonio Cultural podrá someter al Ejecutivo Nacional los proyectos de reglamentos correspondientes a esta Ley.

ARTÍCULO 51º Se derogan todas las disposiciones legislativas y reglamentarias que colidan con esta Ley.

Cuadro de texto: EL PRESIDENTE,
OCTAVIO LEPAGEARTÍCULO 52º Se deroga la Ley de Protección y Conservación de Antigüedades y Obras Artísticas de la Nación, publicada en la Gaceta Oficial de los Estados Unidos de Venezuela No. 21.787 del 15 de agosto de 1945.
Dada, firmada y sellada en el Palacio Federal Legislativo, en Caracas a los quince días del mes de agosto de mil novecientos noventa y tres. Años 183° de la Independencia y 134° de la Federación.

Cuadro de texto: EL VICEPRESIDENTE,
LUIS ENRIQUE OBERTO G.

 



 

Palacio de Miraflores, en Caracas, a los tres días del mes de septiembre de mil novecientos noventa y tres. Años 183° de la Independencia y 134° de la Federación.

Cúmplase,

(L.S.)
RAMON J. VELASQUEZ

Refrendado,
El Ministro de la Secretaría de la Presidencia.
(L.S.)








MUSEOS COMUNITARIOS Y ECOMUSEOS.

Identidad Local de los Pueblos

 

"El Museo Comunitario es la vida de un pueblo donde plasmamos nuestro pasado y dejamos huella a las futuras generaciones".

Un ecomuseo es un centro museístico orientado sobre la identidad de un territorio, sustentado en la participación de sus habitantes, finalizado el crecimiento del bienestar y del desarrollo de la comunidad.

El concepto fue introducido por el museólogo francés Hugues de Varine en 1971 y con una historia controvertida. Una de las definiciones más eficaces de ecomuseo es la que originalmente propusieron Henri Riviére y Hugues de Varine y que se refiere a las diferencias entre museos tradicionales y ecomuseos.

Museo >>> Ecomuseo

Colección >>> Patrimonio

Edificio >>> Territorio

Visitantes >>> Comunidad

Peter Davis sitúa al ecomuseo en el centro de tres esferas: la referente al museo, al ambiente (en su sentido amplio) y a la comunidad. Kazuochi Ohara retoma el concepto, a la vez que ofrece una descripción articulada de las tres esferas.

Para Maurizio Maggi el ecomuseo es un museo basado en un pacto con el que una comunidad se hace cargo de un territorio.

  • Pacto: una asunción transparente de responsabilidad que no comporta necesariamente vínculos de ley
  • Comunidad: el papel fundamental de las instituciones locales debe sostenerse en la participación de los ciudadanos
  • Ocuparse: son necesarios un compromiso a largo plazo y una visión del desarrollo futuro del territorio
  • Territorio: no es sólo una superficie física, sino también una compleja estratificación de elementos ambientales, culturales y sociales que definen un patrimonio local determinado.

Los primeros tres elementos contribuyen a definir la llamada red local de los actores, mientras el cuarto se acerca a la definición de medio. Estos dos conceptos se encuentran en el centro de la reflexión teórica y aplicada, a la que contribuye, entre otros, la escuela territorialista italiana, sobre Sistemas Locales Territoriales.

La Red Europea de los Ecomuseos, una iniciativa que hace unos años intenta, desde abajo, construir una organización de ecomuseos europeos, lo define de la siguiente forma:

Un ecomuseo es un proceso dinámico con el cual las comunidades preservan, interpretan, y valorizan su patrimonio para el desarrollo sostenible. Un ecomuseo se funda en un acuerdo con la comunidad

También cabe comentar la interesante contribución de la escuela china. Su Donghai ha sintetizado en los nueve Principios de Liuzhi el intenso trabajo llevado a cabo junto con los museólogos chinos y noruegos (entre ellos, el desaparecido John Aage Gjestrum) desde el inicio de los años noventa.

  1. Los habitantes de los pueblos son los únicos titulares de su cultura. A ellos les corresponde el derecho de interpretarla y de legitimarla.
  2. El significado de la cultura y de sus valores pueden ser definidos únicamente por parte de la intuición humana y de la interpretación basada en el conocimiento. La competencia cultural debe ser enriquecida.
  3. La participación es esencial para los ecomuseos. La cultura es un bien común y democrático y debe ser gestionada democráticamente.
  4. En caso de conflictos entre turismo y conservación cultural es esta última la que recibe prioridad. El auténtico patrimonio no debe ponerse en venta, si bien la producción de los bienes de calidad basados en las actividades tradicionales debe ser alentada.
  5. Es de máxima importancia la planificación integrada y ideada a largo plazo. Es necesario escapar de los beneficios económicos que a corto plazo que pueden destruir la cultura.
  6. La protección del patrimonio cultural debe integrarse en un enfoque ambiental completo. Desempeñan un papel fundamental para lograr este propósito los materiales y las técnicas tradicionales.
  7. Los visitantes tienen la obligación moral de mantener un comportamiento respetuoso. Deben seguir un código de conducta.
  8. Los ecomuseos no cuentan con ningún tipo de “biblia”. En todo momento serán distintos entre sí, basándose en las características culturales y la situación social local.
  9. El desarrollo social es un requisito para la creación de ecomuseos en comunidades vitales. El bienestar de los ciudadanos debe ser mejorado de manera que no comprometa los valores tradicionales.

            El ecomuseo es una institución que gestiona, estudia y valora -con finalidades científicas, educativas y, en general, culturales- el patrimonio general de una comunidad específica, incluido el ambiente natural y cultural del medio. De este modo, el ecomuseo es un vehículo para la participación cívica en la proyección y en el desarrollo colectivo. Con este fin, el ecomuseo se sirve de todos los instrumentos y los métodos a su disposición con el fin de permitir al público comprender, juzgar y gestionar –de forma responsable y libre- los problemas con los que debe enfrentarse. En esencia, el ecomuseo utiliza el lenguaje del resto, la realidad de la vida cotidiana y de las situaciones concretas con el fin de alcanzar los cambios deseados.

  • En ecomuseo es “una realidad que nace y crece por deseo de la comunidad”. Lo cual implica la no imposición por parte de agentes externos, que solo deben prestar apoyo profesional para organizarlo.
  • Debe conformarse una responsabilidad compartida en todos los niveles de la comunidad para lograr constituir el ecomuseo.
  • La participación de la población que habita el territorio donde se desarrolla el ecomuseo es fundamental para la toma cotidiana de decisiones que eviten situaciones conflictivas.
  • Se destaca la importancia de la relación y del contacto del ecomuseo con las entidades locales, las cuales pueden favorecer el desarrollo del mismo.
  • Las universidades, institutos, expertos, etc., deben solo cumplir un papel de apoyo, sin perjudicar el papel protagónico de la comunidad.
  • Un territorio determinado, convertido en ecomuseo, debe prever una actividad de investigación (en su dimensión cultural, ambiental y económica) para mantener el control sobre la evolución del mismo.

 Se expone la necesidad de la formación: del personal del ecomuseo, de los voluntarios, de los operadores económicos, etc., con el fin de armonizar métodos y lenguajes que permitan compartir el proyecto de forma completa.

En este punto resulta interesante destacar la siguiente expresión:

El Museo Comunitario y Ecomuseo no es solo un museo del pasado y de la memoria sino que es sobre todo un laboratorio para construir un  futuro compartido por las comunidades.

Los ecomuseos no solo deben resaltar la cultura material, sino que tienen que jugar un rol destacado tanto el aspecto etnográfico como el antropológico

 El Museo Comunitario y Ecomuseo no solo rescatan la memoria, sino que por su relación con el territorio, se constituyen en un vínculo entre pasado, presente y futuro, intentando ser una especie de barrera contra el avance de la globalización.

Con relación a esto podemos citar otra frase expresada en el Encuentro: 

El ecomuseo transforma a la comunidad, valoriza el territorio e incide positivamente en el paisaje. 

El Museo Comunitario y Ecomuseo son instrumentos que permiten reconocer, estudiar y proponer las relaciones entre la población y el espacio geográfico.

 Se propone no construir modelos que encasillen estos proyectos, pero si identificar puntos de referencia

Se destaca que muchas experiencias de ecomuseos nacieron, crecieron y se organizaron para contrarrestar y crear condiciones alternativas a situaciones de abandono y degradación socioterritorial. Incluso algunas propuestas de ecomuseos urbanos demuestran la validez de estos para valorizar bienes culturales y paisajes urbanos en contextos socioeconómicos diversificados.

 El sistema de valores de los ecomuseos debe estar inmerso en un proyecto colectivo de conservación innovador

  Los proyectos de ecomuseos implican la puesta en marcha de un proceso participativo de aprendizaje

 El Museo Comunitario y Ecomuseo permiten reflexionar críticamente sobre los modelos de desarrollo, que involucran conceptos de sustentabilidad, desarrollo local, etc.

Por otra parte, los ecomuseos deben evitar la “mercantilización” del patrimonio, programando el desarrollo económico sustentable del territorio, identificando nuevas profesiones y propuestas turísticas, siempre teniendo como eje central la calidad de vida de la población.

Se aclara específicamente, que el objetivo del Museo Comunitario y Ecomuseo no es la tutela y salvaguardia de la realidad local, sino la de iniciar un proceso que permita entender como la comunidad puede proteger y conservar, de modo dinámico, sus relaciones internas y con el territorio.

Para finalizar podemos decir que, considerando la importancia económica de los ecomuseos, es fundamental que estos orienten el turismo hacia formas sustentables, sensibilizando de que el objetivo del turismo no es solo garantizar calidad y hospitalidad al visitante, sino también mejorar la calidad y el nivel de vida de la población local.

Como reflexión final podemos decir que El Museo Comunitario y Ecomuseo representan e intentan preservar y dinamizar principalmente las interrelaciones tejidas entre los actores de la sociedad local y de estos con el territorio. Este objetivo solo puede cumplirse mediante un proceso de participación social, que implique un continuo aprendizaje, contando con la ayuda de expertos, que solo deben orientar a la comunidad y no intentar imponer sus ideas, pues los ecomuseos son construcciones propias de cada sociedad.

Finalmente es importante destacar que El Museo Comunitario y Ecomuseo pueden constituirse en una estrategia válida para aquellos espacios que están sufriendo procesos de degradación y estancamiento, producto de crisis socioeconómicas. Esta es una realidad que, lamentablemente, encontramos en innumerables casos en nuestro continente, por lo cual los ecomuseos podrían ayudar a contrarrestar esta situación, al tiempo que permitirían preservar rasgos identitarios locales y en resumen el patrimonio de ese territorio. 

Ecomuseos: herramientas de participación y reflexión.

Texto: Biol. Beatriz Astudillo
El Museo Comunitario y Ecomuseo son un instrumento importante en la educación ambiental no formal e informal, son un laboratorio de estrategias para los docentes, a quienes ofrecen un ilimitado menú de herramientas didácticas actualizadas que les permiten a sus educandos estimular y encauzar su creatividad en un ambiente que sale de su rutina habitual, rompiendo las normas cuadradas maestro-alumno que se viven en el aula; en ellos, los alumnos y el público en general pueden cuestionar libremente, reflexionar en forma particular, despiertan el deseo por participar en la solución de problemas específicos.

Los museos de medio ambiente permiten que la cultura encuentre en ellos un nuevo modelo de desarrollo en la divulgación científica al alcance de todos y en la conservación además de la educación. El reto de los ecomuseos es impactar al visitante, dejar en el él una huella profunda de que él forma parte de la naturaleza y que sus acciones repercutirán en la preservación de los ecosistemas a nivel local y de los cambios que en la biosfera (a nivel global) se efectúen; puesto que la visita que realiza será en promedio dos horas y tal vez sea solo una en toda su vida.

 Cabe resaltar que la educación ambiental reconoce que en el aprendizaje no se pueden separar el pensamiento racional del afectivo y que los ecomuseos promueven el desarrollo de actitudes, emociones, valores, intereses, sensibilidades, motivaciones, gozo, etc. El museo de las aves en Coahuila inaugurado en 1993 es un excelente ejemplo, su misión es dar a conocer, valorar y conservar los recursos naturales de México y del mundo, a través del conocimiento de las aves, alberga a más de 2.500 ejemplares, que representan un 73% de la avifauna del país. Atrae miles de turistas a lo zona.

 

 

Texto: Ana Graciela Bedolla Giles
Los museos comunitarios han fundado un modelo de incorporación activa de las comunidades en las tareas de investigación, conservación y difusión de su propio patrimonio cultural, de ahí que hayan despertado gran interés en los especialistas dedicados a la creación y funcionamiento de los museos.

De hecho, la inauguración de un recinto cultural de este tipo constituye la cristalización de un proceso paulatino de relación de la colectividad con el conocimiento y el manejo de su patrimonio, que resulta de una extraordinaria riqueza tanto organizativa como educativa. Veamos por qué.

En términos generales, el proceso principia cuando una comunidad manifiesta su voluntad de contar con un museo. La clave para que éste continúe reside en Ia organización de Ia propia comunidad, es decir, en la posibilidad de sancionar Ia iniciativa deI museo en Ia instancia a través de Ia cual se sienten representados los habitantes deI pueblo: Ia asamblea de autoridades tradicionales, Ia ejidal o Ia de bienes comunales, por ejempIo. EI objetivo en este caso consiste en involucrar a Ia mayoría en el proyecto para no restringir Ia participación.

Una vez que Ia instancia adecuada acuerda Ia creación deI museo, se nombra un comité que durante un año cubrirá sucesivamente diversas funciones. La primera es consultar a Ia comunidad sobre los temas que abordará el museo. Esta actividad es muy relevante, pues permite a cada persona expresar libremente sus demandas de conocimiento, y al hacerlo, tiene lugar una primera reflexión acerca de lo que es importante saber, recuperar y mostrar de sí mismos; lo que corresponde a Ia esfera individual y a Ia comunal en términos de historia y cultura; lo que los puede representar ante los otros y simultáneamente los identifica como colectividad.

Es importante señalar que a diferencia de los museos institucionales -públicos o privados-, en donde Ia selección de los temas es definitiva, en los comunitarios se presentan unidades museográficas que no necesariamente contienen una secuencia cronológica o temática. Pueden surgir tópicos tan diversos como arqueología y medicina tradicional, artesanías y costumbres, Ia historia de una hacienda o Ia de un problema vigente sobre un deslinde de tierras entre dos pueblos vecinos. El acento está puesto en Ia capacidad de responder a Ias necesidades de conocimiento colectivas.

Un ejemplo muy elocuente en este sentido es el museo de Santa Ana del Valle de Oaxaca: la primera sala está dedicada a la arqueología del lugar, pues la gente quería saber el significado de las figuritas encontradas en las parcelas, al igual que de los diseños utilizados en la fabricación de sus textiles, probablemente procedentes de Mitla y Monte Albán. Pero también deseaba averiguar qué había ocurrido en Santa Ana durante la Revolución. Muchas personas tenían evidencias de que el pueblo había participado en una batalla (unas cananas y una fotografía) o recordaban el testimonio que el abuelo había platicado alguna vez, y sin embargo carecían de claridad suficiente sobre Ia importancia deI suceso o bien del bando al que habían pertenecido. Consecuentemente, Ia segunda sala se dedicó a satisfacer estas interrogantes.

Así, durante el proceso de investigación que se realiza para cada tema, cuando se entrevista a los miembros de mayor edad o más experimentados, los individuos pueden reconocer en sí mismos y por iniciativa propia el papel de protagonistas en Ia definición deI curso de Ia historia local o regional y en el modelaje de Ias características de su población, adquiriendo una idea de proceso, continuidad y transformación histórico--social que implica un importante giro en cuanto a Ia concepción deI museo.

AI sistematizar los resultados de Ia investigación y elaborarse el guión museográfico tiene lugar una confrontación de Ias diferentes versiones de Ia historia y de Ia cultura, aportadas por los sectores y estratos de Ia comunidad, así como por Ias diversas generaciones. Comienza así una experiencia compartida de elaboración muy abstracta en Ia que se ordenan hechos, se resignifica Ia memoria y se asigna un valor a Ios objetos en función de su representatividad e importancia para documentar un concepto, es decir, se va construyendo poco a poco una idea de patrimonio comunal.

La etapa de donación de piezas enriquece sustancialmente Ia idea anterior en Ia medida en que favorece una discusión relacionada con Ia importancia de Ios objetos, Ia pertinencia de exhibirlos en el museo y acerca de Ia propiedad sobre ellos. En Santa Ana, por ejempIo, Ia iniciativa de hacer el museo derivó deI hallazgo de una tumba prehispánica en un terreno comunal. Dicho descubrimiento fue consecuencia de un tequio acordado para Ia remodelación de Ia plaza deI pueblo. La tumba contenía restos óseos humanos y de perro, además de algunos utensilios de cerámica. En principio, los objetos no pertenecían a nadie dadas Ias circunstancias; sin embargo, los participantes deI tequio decidieron otorgar a los restos el estatuto de patrimonio comunal, al responsabilizar a Ia autoridad municipal de su conservación y solicitar su registro a Ias autoridades federales correspondientes, aI igual que Ia realización de un museo.

Pero el hallazgo dio para más: propició el diálogo sobre lo que es representativo de Ia historia y de Ia cultura, y Ia discusión de si los objetos debían estar en un museo o permanecer en su lugar. Un señor deI comité no creía que unos huesos de perro fueran tan valiosos como para mostrarse en una vitrina. Así mismo, varias personas señalaron los riesgos de que al mover una piedra con relieves prehispánicos "se enojara el cerro y se enojara Ia piedra ", hasta que finalmente se optó por pedirles permiso.

Éstas y otras discusiones fueron dando sentido y significado al museo, al tiempo que los habitantes adquirían conciencia sobre Ia necesidad de hacerse cargo ellos mismos de Ia conservación de su patrimonio en general, y no sólo de aquella parte que ya se encontraba resguardada. Además, terminaron los saqueos de material arqueológico que si bien esporádicos, ocurrían en los alrededores deI pueblo. La gente optó por suspenderlos una vez que tuvo Ia experiencia de valorar de una forma distinta los testimonios de su pasado.

Tal vez este último ejemplo pueda resumir un proceso en donde se ponen en juego todas Ias funciones que integran Ia noción de patrimonio cultural: identidad, a partir de Ia diferenciación respecto de los otros; sentido de pertenencia; establecimiento de fronteras; noción de un cierto concepto de temporalidad, y significación de hechos y objetos.

Visto de esa manera, el museo comunitario no sólo es el recinto que alberga objetos deI pasado: también es un espejo donde cada uno de Ios miembros de Ia comunidad puede mirarse como generador y portador de cultura y asumir una actitud activa frente al presente y, por supuesto, al futuro: Io que quiere cambiar, Io que desea conservar y respecto de Ias transformaciones impuestas desde el exterior.

La reflexión anterior tiene una importancia central, dado que Ia mayoría de estos museos se encuentran en poblaciones indígenas. No podemos ser tan ingenuos como para suponer a Ias comunidades aisladas de su entorno; por el contrario, es indispensable entenderIas en el marco de subordinación y dominio que desde los primeros años de Ia conquista se ha construido a su alrededor.

Sin embargo, a Ia luz de lo que viene sucediendo en el contexto mundial, también es preciso considerar, aunque parezca paradójico, Ia emergencia de los pueblos indios y sus reivindicaciones étnicas y ecológicas. En cierta medida existe en los hombres el deseo y Ia intención de establecer otras formas de relación entre ellos mismos y con Ia naturaleza.

La experiencia de los museos comunitarios ha mostrado que a pesar de Ias condiciones tan precarias, los indios actuales son depositarios de un saber acumulado al igual que de modos particulares de acceder al conocimiento, rotundamente desvalorizados anteriormente. Así mismo, que mediante un proceso como el descrito es factible establecer una plataforma en la que ellos se escuchen a sí mismos y muestren a los otros -los diferentes- cuál es su historia y su cultura en sus propios términos y lengua.

Los museos comunitarios han llevado a Ia práctica el reconocimiento de Ia pluralidad cultural como un hecho que enriquece al conjunto y, por lo menos tendencialmente, podría contribuir al "[...] contenido mismo de un proyecto nacional, el que lo legitima y lo hace viable [...] se trata de desarrollar una nación pluricultural sin pretender que deje de serlo".

Esta propuesta nos remite a Ia necesidad de considerar que un proyecto cultural en una comunidad indígena es, o debiera plantearse como, una relación de carácter simétrico, de intercambio, de aprendizaje mutuo. Reflexionar juntos nuestros propios pensamientos, comparar nuestras formas de conocer, de hacer juicios, de establecer criterios, alimentaría sin duda nuestra capacidad de asombro y potenciaría extraordinariamente Ia gama de perspectivas.

Requerimos deI establecimiento de espacios para un diálogo respetuoso entre dos maneras de concebir Ia tarea educativo-cultural para establecer Ia utilidad y el valor de ciertos conocimientos y conductas.

En este sentido, el museo comunitario puede ser el escenario adecuado para iniciar ese diálogo capaz de contribuir al enriquecimiento mutuo de Ias preguntas y Ios saberes que se consideran dignos de ser conservados y, consecuentemente, transmitidos. Pero sobre todo, ese diálogo parece impostergable porque se ha convertido en un imperativo desde el punto de vista de nuestra responsabilidad frente a Ia definición sobre Ia clase de sociedad en Ia que deseamos vivir.

Desde esta perspectiva resulta indispensable pensar en los niños. El museo puede contribuir a Ia formación de nuevas generaciones en un marco de pluralidad y tolerancia, y también propiciar un ambiente en el que se escuche y se respete Ia palabra de los menores y éstos aprendan a confiar en su propia capacidad de expresión y de reflexión, desarrollada en el diálogo con los otros. Algún día no importará si los otros aparecen como iguales o diferentes.

Fuente: México en el Tiempo No. 6 abril-mayo 1995

 

 

Ejemplo Objetivo Museo Comunitario de la Comarca Kuna Yala

 

Objetivo General: Promover e impulsar el desarrollo de museos comunitarios en la Comarca como medio alternativo para el fortalecimiento de los valores culturales e identidad del pueblo Kuna

 

Objetivo Específico:

·                     Crear Museos comunitarios en las comunidades para el desarrollo de espacios de orientación, educación, capacitación de los niños, estudiantes y el público en general.

Realizar talleres de capacitación y asistencia técnica para el manejo y desarrollo de los museos comunitarios.

 

ACTIVIDADES PROGRAMADAS:

·                     3 al 6 de Febrero, 2005: Taller sobre técnicas de historia oral como fundamento de los Museos comunitarios. Taller que forma parte del Proyecto de Museos comunitarios que financia la Fundación Interamericana.  El taller se realizará en la comunidad de Niadup, Kuna Yala. Participarán representantes de otras comunidades cercanas.

 

 

      Plano Internacional

·      El año 2005 se realizará el Cuarto Encuentro Internacional de los Museos Comunitarios en Nicaragua. En ese encuentro se evaluará los avances de cada país.

        2004. Por otro lado, recientemente La Coordinadora Internacional de los Museos Comunitarios de la Américas realizó un taller internacional para facilitadores a fin de crear más facilitadores en los países integrantes que impulsen la creación de los museos comunitarios. Cada país envió personal para capacitar en Oaxaca, México. en Septiembre pasado

A lo largo de toda la República Mexicana existen más de 250 museos comunitarios, de los cuales al menos un centenar están dedicados a la época prehispánica y conformados por piezas que se encontraron en las propias localidades donde se ubican, informó el promotor cultural Federico Padilla.

Para el especialista, los museos comunitarios reflejan la identidad de la región, mediante los objetos que se hallan en la misma, pues en muchos casos se trata de piezas que pertenecen a los habitantes, no solamente arqueológicas, sino también fotografías u objetos antiguos, como plumas, tinteros, escritorios y documentos.

La historia de los museos comunitarios, agregó Padilla, continúa en 1984, cuando se imparte el Primer Taller Internacional sobre Ecomuseos y la Nueva Museología, en Quebec, Canadá, mientras que en Oaxaca se crea la Unión Nacional de Museos Comunitarios y Ecomuseos.

La idea de este organismo, precisó, fue acompañar y capacitar a la comunidad, además de asesorarlos con líneas de investigación, definición de temas, así cómo buscar los orígenes.

Las comunidades hicieron historia oral, entrevistas -añadió Padilla-, "aún sin saber leer y escribir, hicieron acopio de colecciones en relación con los temas escogidos y en el sexenio 1994-2000 se convirtió en un Programa Nacional que involucró a la Dirección de Culturas Populares y el INAH".

Los ecomuseos y museos comunitarios son y deben ser agentes activos para la participación y relación de la comunidad con su patrimonio integral.

·        La reconciliación con el patrimonio integral, su conservación y usufructo, es una responsabilidad compartida entre el museo y la comunidad en que se inserta.

 

Objetivos y recomendaciones

1.      ·        Se recomienda que los ecomuseos y museos comunitarios trabajen en cooperación con los Consejos Locales de la Tierra y/o Agenda 21.

2.      ·        Todos los museos deben contemplar la participación comunitaria y programas de desarrollo sustentable.

3.      ·        Los ecomuseos y museos comunitarios son y deben ser reconocidos como mediadores entre la comunidad y las instituciones y organismos gubernamentales y no gubernamentales, a nivel local, nacional e internacional.

4.      Líneas de acción

5.      ·        Capacitar y dignificar a los profesionales, técnicos y agentes sociales y/o comunitarios, vinculados a los ecomuseos y museos comunitarios.

6.      ·        Estimular y fortalecer las redes entre ecomuseos y museos comunitarios, y de éstos con las comunidades que permitan y faciliten  la comunicación, información e intercambio.

7.      ·        Estimular y promover en la comunidad la creación de formas sostenibles de uso del patrimonio integral, desarrollando en forma conjunta actividades y proyectos que beneficien al museo y la comunidad.

8.      ·        Crear estrategias de cooperación para beneficio y desarrollo de los ecomuseos y museos comunitarios.

9.      ·        Crear y experimentar metodologías de mediación entre comunidades, autoridades y fuentes de financiamiento privadas y públicas.

10. ·        Concretar estas acciones a través de programas-piloto, establecidos en diversas partes del mundo,  proceso que después de su evaluación y validación, lleve a un modelo universal de dirección variable.

 

Santa Cruz, Río de Janeiro, Brasil, a 20 de mayo del 2000.

Recopilación: Félix Díaz Durán


 


 


 


YURAKOPRODUCCIONES
 
Estado Barinas
Origen de su Nombre
Barinas es una voz de origen indígena, posiblemente Chibcha, con la que se designa a un viento fuerte que sopla en la estación lluviosa, desde los valles del Río Santo Domingo, hacia la Región Andina; conocido en la zona como "Viento Barinés" También se aplica a un arbusto bajo, espinoso, de flores amarillas, que abunda en el alto llano; conocido igualmente con los nombres de Espino Amarillo, Espinito, Flor Amarilla y Flor de Barinas (cassia aculeata).
El Estado Barinas fue designado con ese nombre a partir del año 1859 en honor a su capital. Los historiadores precisan que la ciudad de Barinas fue fundada por el Capitán Juan Andrés Varela, el 30 de junio de 1577, por orden del Capitán Francisco de Cáceres, Gobernador de la Provincia del Espíritu Santo bajo el nombre de Altamira de Cáceres.
La Grita se convirtió en la capital y más tarde se le anexaron las poblaciones de Mérida, San Cristóbal, Gibraltar y Pedraza; convirtiéndose en la Provincia de Mérida del Espíritu Santo de La Grita, con Mérida como capital. En 1676, con el anexo de Maracaibo, esta Provincia pasó a llamarse Provincia de Mérida del Espíritu Santo de Maracaibo.
En tiempos de la colonia Barinas fue una de las zonas más prósperas de Venezuela, y por ello fue varias veces atacada por piratas que entraban por el Río Orinoco, razón por la cual las autoridades españolas fortificaron las riberas del río y crearon la Provincia de Guayana.
El 15 de febrero de 1786, Barinas fue erigida como provincia y, a su vez, nombrada como capital. Por decreto, el 17 de julio de 1823, fue dividida en dos provincias: Barinas y Apure. En 1862 cambia el nombre por el de Zamora y en 1937, retoma el nombre de Barinas.
En Barinas vivió y ejerció su profesión de abogado Cristóbal Hurtado de Mendoza, o Cristóbal Mendoza, como prefirió llamarse por su ideología republicana, primer presidente de Venezuela. Fue una de las primeras ciudades en apoyar a Caracas en su movimiento del 19 de abril de 1810 y fue también un bastión de los patriotas durante la guerra de Independencia, durante la cual perdió casi toda su población y riquezas.

Lugares Históricos:
• Catedral Nuestra Señora del Pilar de Santiago y Zaragoza

• Iglesia San Nicolás de Bari de Obispos

• Palacio del Marqués del Pumar

• Museo Alberto Arvelo Torrealba

• Iglesia la Inmaculada Concepción de
Ciudad de Nutrias

• Centro Histórico de la Ciudad de Barinas

• Centro Histórico de Altamira de Cáceres

• Sitio Histórico de la Batalla de Santa Inés

• Sitio Paleontológico de Guadarrama

• Sitio Histórico de San Antonio de las Flores

• Sitio Histórico Primera Población de La Luz

• Sitio Arqueológico El Yaure

• Sitio Arqueológico la Hormiga

• Sitio Arqueológico Bum Bum

• Sitio Arqueológico Espinito

• Sitio Arqueológico El Cedral

• Sitio Arqueológico Capitanejo

• Sitio Arqueológico Curbatí

• Sitio Arqueológico Suripá

• Sitio Arqueológico Las Lomitas

• Sitio Arqueológico Las Lajitas

• Sitio Arqueológico Campo Alegre Los Vegones

• Sitio Arqueológico Caño Grande

• Sitio Arqueológico Pueblo Nuevo

• Sitio Arqueológico Reserva de Ticoporo

• Sitio Arqueológico Mata de León

• Sitio Arqueológico Reserva del Caparo

• Sitio Arqueológico El Gavilán

• Sitio Arqueológico Médano de Los Conucos

• Sitio Arqueológico La Creole

• Sitio Arqueológico Las Flores

• Sitio Arqueológico Las Guacharacas

• Sitio Arqueológico Cueva del Tigre

• Sitio Arqueológico El Alumbre

• Sitio Arqueológico Anime

• Sitio Arqueológico Santo Domingo de Guzmán o de Cotiza


Sitios Naturales de Importancia Patrimonial, La Laguna Azul - Municipio Pedraza, Los Chorrerones - Municipio Pedraza, El Pozo del Diablo - Municipio Pedraza, La Laguna Encantada - Municipio Bolívar, Cueva del Tigre - Municipio Ezequiel Zamora, Cuevas de Calderas - Municipio Bolívar, El Pozo del Toro - Municipio Pedraza, La Cristalina - Municipio Ezequiel Zamora, Sector Masparrito - Municipio José de la Cruz Paredes, Sector Santa María de Canaguá – El Carrizal - Municipio Pedraza, El Quinó - Municipio Antonio José de Sucre, El Gabanal - Municipio Pedro Felipe Sosa, Caño Hondo - Municipio Pedro Manuel Rojas, Caño Caimán - Municipio Pedro Felipe Sosa, Sector La Unión - San Jaime Municipio José Loreto Arismendi, Sector Arismendi - Guadarrama Municipio José Loreto Arismendi, Caño Masparrito - Municipios Pedro Manuel Rojas - Pedro Felipe Sosa, Reserva Ticoporo – Municipios Pedraza, Antonio José de Sucre y Ezequiel Zamora, Anime - El Quebradón - Municipio Pedraza
El Quebradón Piedra del Indio - Municipio Antonio José de Sucre, Entre otros de igual Importancia

 
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